Código de Ética

Facilitadorxs Certificadxs CREATAR

Preámbulo

Las artes expresivas abren espacios donde las personas muestran lo que muchas veces no han podido decir. Una imagen, un gesto, un sonido o una palabra escrita en medio de un grupo pueden contener años de historia. Quien facilita esos espacios recibe algo frágil y valioso, y esa recepción no es neutral: puede cuidar o puede dañar.

Este código de ética existe porque el poder transformador del arte conlleva una responsabilidad proporcional. No es un reglamento externo impuesto a la práctica, sino la formulación explícita de lo que sostenemos durante toda la formación: que el proceso importa más que el producto, que nadie interpreta la obra de otra persona, que la creación no se juzga, y que acompañar es un acto de cuidado antes que de técnica.

Escribimos este código desde una perspectiva situada. Trabajamos en territorios latinoamericanos e hispanohablantes atravesados por desigualdad, violencia y despojo. Reconocemos que las artes expresivas nacieron en instituciones del norte global y que llevarlas a nuestros contextos exige traducción, escucha y humildad, no aplicación mecánica. La ética que aquí se enuncia es también una ética de la escucha cultural.

Sostener un espacio seguro no es evitar que emerja el dolor. Es garantizar que, cuando emerja, haya alguien capaz de acompañarlo sin invadirlo, sin explicarlo y sin abandonarlo.

I. Alcance y aplicación

1.1. Este código rige la práctica de todas las personas certificadas como Facilitadorxs Certificadxs CREATAR e integrantes de Rizoma CREATAR.

1.2. Su aceptación por escrito es requisito de ingreso y condición de permanencia en Rizoma CREATAR y en el directorio público de facilitadorxs.

1.3. Aplica a toda actividad realizada bajo la denominación de Facilitadorx Certificadx CREATAR, en modalidad presencial o digital, remunerada o voluntaria, individual, grupal, comunitaria o institucional.

1.4. Este código no sustituye la legislación vigente en el país donde se ejerce, ni los códigos deontológicos de las profesiones de origen de cada facilitadorx (psicología, medicina, trabajo social, educación, entre otras). Cuando exista conflicto, prevalece la norma más protectora para la persona acompañada.

II. Principios rectores

2.1. Dignidad y no discriminación

Toda persona es recibida sin discriminación por origen étnico o nacional, color de piel, lengua, género, identidad o expresión de género, orientación sexual, edad, discapacidad, condición de salud física o mental, situación migratoria, religión, condición socioeconómica, ocupación, corporalidad o cualquier otra característica. La facilitación no es un espacio de corrección de la diferencia.

2.2. El proceso antes que el producto

No evaluamos, corregimos ni jerarquizamos la calidad estética de lo que las personas crean. Trabajamos desde el principio de baja destreza y alta sensibilidad: la propuesta artística se ajusta para que cualquier persona pueda entrar en ella sin necesidad de experiencia previa. Frases como “qué bonito”, “te quedó mejor que la vez pasada” o “deberías dedicarte a esto” instalan juicio y competencia, y se evitan de manera deliberada.

2.3. La obra pertenece a quien la crea

No interpretamos, no diagnosticamos a partir de la obra ni asignamos significados. Preguntamos desde la curiosidad y permanecemos dentro de la metáfora cuando la persona así lo necesita. El sentido lo encuentra quien creó, en su propio tiempo, y puede no encontrarlo nunca sin que eso constituya un fracaso.

2.4. Autonomía y consentimiento continuo

Nadie está obligado a crear, a mostrar, a hablar, a tocarse ni a ser tocado. El derecho a pasar, a permanecer en silencio o a retirarse se enuncia explícitamente al inicio de todo proceso y se respeta sin cuestionamiento ni insistencia. El consentimiento se sostiene a lo largo del proceso; no se otorga una sola vez.

2.5. Situarse cultural y políticamente

Reconocemos que llegamos a cada espacio con una posición: nuestra clase, nuestro color, nuestro género, nuestra formación, nuestra procedencia. Esa posición produce efectos. Adaptamos materiales, referentes, lenguajes y rituales a la cultura del grupo, y no imponemos marcos ajenos al territorio donde trabajamos.

2.6. Cuidado de sí como condición del cuidado

Sostener procesos ajenos exige sostenerse. La supervisión, el propio proceso terapéutico o artístico y el descanso no son un lujo profesional: son parte del encuadre ético.

III. Alcance de la práctica y sus límites

3.1. La certificación CREATAR acredita formación para diseñar y facilitar procesos con artes expresivas en contextos educativos, comunitarios, culturales, organizacionales y de acompañamiento psicosocial. No constituye por sí sola una licencia para el ejercicio de la psicoterapia, la psicología clínica, ni la medicina.

3.2. Quienes cuenten con licencia, cédula o colegiación en una profesión clínica pueden integrar las artes expresivas dentro de su ejercicio profesional, conforme a la regulación de su país. Quienes no la posean, facilitan procesos de expresión, exploración y acompañamiento creativo, y así lo comunican.

3.3. No emitimos diagnósticos, no prescribimos tratamientos ni medicación, no sugerimos la suspensión de tratamientos indicados por profesionales de la salud, y no afirmamos que las artes expresivas curen enfermedades.

3.4. Derivación

Derivamos y, cuando corresponde, interrumpimos la facilitación, ante:

  • riesgo de suicidio, autolesión o daño a terceros;

  • crisis psicótica, disociación severa o descompensación durante la sesión;

  • situaciones de violencia activa que requieran intervención especializada o protección inmediata;

  • material que excede nuestra competencia o nuestra capacidad de sostén en ese momento.

Cada facilitadorx mantiene un directorio actualizado de recursos locales de salud mental, líneas de crisis, servicios de protección y organizaciones especializadas del territorio donde trabaja. Derivar no es fallar: es reconocer un límite a tiempo.

IV. La relación con las personas acompañadas

4.1. Establecemos un encuadre claro desde el inicio: propósito del espacio, duración, número de encuentros, costo si lo hay, materiales, confidencialidad, límites de la práctica y vías de contacto.

4.2. Queda absolutamente prohibida toda relación sexual, romántica o erótica con personas que acompañamos, así como toda insinuación, comentario o contacto de esa naturaleza. Esta prohibición no admite excepción por consentimiento aparente, dada la asimetría del vínculo.

4.3. El contacto físico se ofrece, nunca se impone. Se pregunta previamente, se explica su sentido dentro de la propuesta y se acepta la negativa sin insistencia, sin explicación exigida y sin consecuencia alguna.

4.4. Evitamos las relaciones duales que comprometan el juicio profesional o generen dependencia. Cuando el contexto comunitario o territorial las vuelve inevitables —algo frecuente en pueblos, barrios y organizaciones pequeñas—, las nombramos, las delimitamos y las llevamos a supervisión.

4.5. No trabajamos bajo el efecto de sustancias que alteren nuestro estado de conciencia ni facilitamos procesos en los que se administren sustancias psicoactivas a lxs participantes.

4.6. Reconocemos y reparamos nuestros errores. Cuando una intervención nuestra daña, incomoda o invade, lo nombramos ante la persona o el grupo, sin justificarnos y sin trasladarles la responsabilidad.



V. La obra creada y su cuidado

5.1. La obra es propiedad de quien la creó. No se conserva, fotografía, exhibe, publica, reproduce ni utiliza con fines de difusión, docencia, investigación o promoción sin consentimiento expreso, específico.

5.2. Ninguna obra se descarta, tira, reacomoda ni destruye por decisión de quien facilita. Su destino lo decide su autorx. Si el encuadre requiere destrucción ritual, esta se propone, se explica y se realiza únicamente con acuerdo de la persona.

5.3. Cuidamos la obra durante el encuentro con la misma atención con la que cuidaríamos a la persona: no se pisa, no se apila sin permiso, no se manipula sin aviso.

5.4. En publicaciones, priorizamos imágenes de materiales, procesos o manos sobre imágenes de rostros y de obras completas reconocibles. Cuando publicamos obra, la acreditamos o la anonimizamos según lo haya decidido su autorx.

VI. Confidencialidad y consentimiento informado

6.1. Todo lo compartido en un espacio de facilitación es confidencial: los relatos, las obras, las presencias, los nombres y los silencios.

6.2. En procesos grupales, la confidencialidad se acuerda colectivamente en el primer encuentro y se recuerda periódicamente. Se enuncia con claridad que lxs participantes también la sostienen entre sí.

6.3. Límites de la confidencialidad, comunicados desde el inicio: riesgo grave e inminente para la vida propia o ajena, situaciones de maltrato o abuso de personas menores de edad o en situación de dependencia, y requerimiento de autoridad competente conforme a la ley aplicable.

6.4. Al presentar casos en supervisión, formación o publicación, se anonimiza toda información identificable y se cuenta con consentimiento cuando el caso pueda ser reconocible.

VII. Infancias, adolescencias y poblaciones en situación de vulnerabilidad

7.1. El trabajo con personas menores de edad requiere consentimiento por escrito de madre, padre o tutorx legal, y asentimiento de la niña, niño o adolescente, expresado en lenguaje comprensible para su edad.

7.2. Ninguna sesión individual con una persona menor de edad se realiza en espacio cerrado sin visibilidad, sin conocimiento de una persona adulta responsable, ni sin registro del encuadre. En modalidad digital, se requiere la presencia o autorización localizable de la persona adulta responsable.

7.3. No sostenemos secretos con niñas, niños ni adolescentes frente a sus personas cuidadoras, salvo en aquello que forma parte de la confidencialidad del proceso y ha sido acordado previamente con todas las partes. Nunca sostenemos secretos que aíslen a la niña, niño o adolescente de las personas adultas de confianza en su vida.

7.4. Ante indicio de maltrato, negligencia o abuso, activamos el protocolo de protección que corresponda en nuestro territorio.

7.5. En el trabajo con personas con discapacidad, personas mayores, personas migrantes, personas privadas de la libertad, sobrevivientes de violencia o cualquier población en situación de vulnerabilidad, adaptamos materiales, ritmos y consignas a sus condiciones reales, y jamás utilizamos su historia como material ilustrativo de nuestra práctica.

VIII. Práctica comunitaria y territorial

8.1. Entramos a los territorios invitadxs, no por iniciativa propia, y en articulación con quienes ya trabajan allí. Reconocemos los liderazgos, saberes y procesos previos de la comunidad.

8.2. No prometemos lo que no podemos sostener. Un proceso comunitario iniciado y abandonado repite la experiencia de abandono institucional que muchas comunidades ya conocen. Acordamos duración y cierre desde el principio.

8.3. Todo proceso se cierra con un ritual de despedida y, cuando corresponde, con la devolución de lo producido a la comunidad en el formato que ella decida.

8.4. No usamos a las comunidades como escenografía de nuestra difusión profesional. Las fotografías de trabajo comunitario requieren consentimiento individual, no autorización institucional genérica.

8.5. Cuando el trabajo se financia con recursos públicos o de cooperación, informamos con transparencia el origen de los fondos y sus condiciones.

IX. Representación profesional y difusión

9.1. Nos presentamos como Facilitadorx Certificadx CREATAR únicamente mientras nuestra membresía en Rizoma CREATAR permanezca vigente.

9.2. Describimos nuestra formación de manera exacta: nombre del programa, institución, número de horas y año de titulación. No atribuimos a CREATAR avales, convenios ni respaldos que no existan, ni presentamos los avales institucionales de CREATAR como si fueran títulos personales.

9.3. No prometemos resultados terapéuticos, curación, sanación garantizada ni transformación en un número determinado de sesiones.

9.4. El uso del sello y de la identidad gráfica de Rizoma CREATAR se limita a la acreditación de la propia certificación. No autoriza a ofrecer formaciones, certificaciones ni programas en nombre de CREATAR.

9.5. Reconocemos la autoría de los dispositivos, consignas y ejercicios que utilizamos cuando provienen de otras personas, docentes o compañerxs. La circulación de recursos dentro de Rizoma CREATAR no anula la autoría.

X. Práctica en entornos digitales

10.1. No grabamos encuentros donde se comparten procesos personales. Cuando la grabación es necesaria, se solicita consentimiento explícito de todxs y se informa quién tendrá acceso y por cuánto tiempo.

10.2. Al inicio de todo encuentro en línea, verificamos que cada participante se encuentre en un espacio donde pueda estar con privacidad, y acordamos qué hacer si alguien necesita retirarse.

10.3. Los grupos de mensajería vinculados a un proceso tienen encuadre propio: horarios, propósito, qué se comparte y qué no, y momento de cierre.

XI. Autocuidado, supervisión y formación continua

11.1. Sostenemos supervisión o intervisión regular de nuestra práctica. Reconocemos que trabajar con material sensible produce efectos en quien acompaña.

11.2. Suspendemos o posponemos la facilitación cuando nuestra condición física o emocional no nos permite sostener el espacio, y lo comunicamos con honestidad.

11.3. Mantenemos formación continua activa. La pertenencia a la Comunidad Online de Arteterapia y Artes Expresivas de CREATAR es la vía institucional para hacerlo dentro de Rizoma CREATAR.

11.4. Cuidamos nuestro propio proceso creativo. Quien no crea deja de comprender desde dentro lo que le pide a otras personas.

XII. Convivencia dentro de Rizoma CREATAR

12.1. Rizoma CREATAR es un espacio de colaboración, no de competencia. Compartimos oportunidades, recursos y aprendizajes.

12.2. No difamamos, descalificamos públicamente ni desacreditamos el trabajo de otrxs integrantes. Las diferencias profesionales se conversan directamente o se llevan a la coordinación.

12.3. Lo compartido en espacios internos —supervisiones, intervisiones, grupos de la comunidad— es confidencial y no se difunde fuera de ellos.

12.4. Cuando colaboramos entre integrantes, acordamos por escrito roles, autoría, responsabilidades y condiciones económicas antes de iniciar.

12.5. Toda forma de acoso, hostigamiento, violencia o discriminación entre integrantes es incompatible con la pertenencia a esta comunidad.

XIII. Incumplimiento y procedimiento

13.1. Cualquier persona —participante, integrante de Rizoma CREATAR, institución o comunidad— puede presentar una inconformidad al correo institucional de CREATAR destinado para este fin.

13.2. El procedimiento se desarrolla en cuatro momentos:

  • Recepción y acuse dentro de los diez días hábiles siguientes.

  • Escucha por separado de las partes involucradas, por parte de una comisión de tres personas del equipo docente de CREATAR, sin vínculo directo con el caso.

  • Resolución fundamentada y comunicada por escrito a ambas partes.

  • Seguimiento del acuerdo o de la medida adoptada.

13.3. Según la gravedad, las medidas pueden ser: conversación formativa y acompañamiento en supervisión; requerimiento de reparación; suspensión temporal del directorio y del uso de la denominación; o baja definitiva de Rizoma CREATAR con retiro de la certificación como facilitadorx activx.

13.4. Las faltas que impliquen violencia sexual, violencia hacia personas menores de edad o daño grave e intencional derivan en baja inmediata, sin proceso gradual, y en la denuncia ante la autoridad competente cuando corresponda.

13.5. Se protege a quien presenta una inconformidad frente a cualquier forma de represalia.

13.6. La baja de Rizoma CREATAR no revoca el título del Diplomado, que acredita la formación cursada. Sí revoca el derecho a usar la denominación Facilitadorx Certificadx CREATAR y a aparecer en el directorio.

XIV. Vigencia y revisión

14.1. Este código entra en vigor a partir de su publicación y se revisa cada dos años con participación de lxs integrantes de Rizoma CREATAR.

14.2. Las propuestas de modificación pueden presentarse en cualquier momento a la coordinación de Rizoma CREATAR.

14.3. Un código de ética vivo es aquel que se conversa. Su lectura anual forma parte de la renovación de membresía.